sábado, 3 de diciembre de 2016

5º SÍNODO DIOCESANO CAPÍTULO QUINTO

CAPITULO QUINTO


EN UNA PROPUESTA ORGÁNICA
La organización pastoral
Introducción
229.   Impulsar una Nueva Etapa Evangelizadora, desde la
 ministerialidad de la Iglesia-comunión para promover la acción salvadora de Jesucristo con procesos de formación en
 los diversos lugares eclesiales, nos exige una organización 
pastoral, una propuesta orgánica de acción. La palabra organización, proveniente del griego organon que significa "herramienta o instrumento", designa un sistema diseñado para 
alcanzar ciertas metas y objetivos; al abordar aquí la organización pastoral queremos referimos al "sistema o instrumento" que nos permita avanzar como Iglesia particular en 
la dirección que hemos señalado en los capítulos anteriores.
230.   Sin entrar en detalle sobre todos los elementos que
 conforman la organización que nos ha de permitir el relanzamiento de la acción pastoral, en este capítulo abordamos 
algunos aspectos desde tres formas genéricas de estos instrumentos: la Parroquia y sus ámbitos de coordinación y apoyo,
 la Vicaría Diocesana de Pastoral y los Consejos Diocesanos.
1. La Parroquia y sus ámbitos de coordinación
 y apoyo
231.   Si bien es cierto que estamos llamados a repensar y
 relanzar la parroquia, especialmente en la gran ciudad y las 
ciudades medianas de nuestra diócesis, hemos de reconocer y 
destarar 1a importancia que ésta tiene en la experiencia concre-
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ta de ser Iglesia y hemos de aprovechar sus ámbitos de coordi-
nación y apoyo que facilitan la tarea evangelizadora.

1.1 La Parroquia
232.   Una acepción del término "parroquia" y que nos trasmite el Código de Derecho Canónico, en el canon 515,  es 
la de "una determinada comunidad de fieles constituida de 
modo estable en la iglesia particular", comunidad de fieles
 que se determina en formas diversas: territorial, ritual, fun-
damental, etc., según sea la determinación de estos fieles el 
territorio, el rito o cualquiera otra forma. El mismo Código de
 Derecho Canónico, sin mencionar los términos técnicos, nos 
proporciona la causa material: la comunidad de fieles; la cau-
sa formal: la erección hecha por el obispo diocesano; la causa
eficiente: el párroco y su unión con el obispo; su consistencia
jurídica: su personalidad y su estabilidad; así como su causa
final: el cuidado de enseñar, santificar y regir a esa comunidad
de fieles, esto es, donde se realiza la triple función pastoral
o los actos básicos, elementales y directos de las tres tareas
primordiales que desarrollamos en el capítulo tercero de este
documento, por esta razón, qué importante es que, conforme
a sus propias circunstancias, cada parroquia revise o elabore
su plan de pastoral en conformidad con las indicaciones gene-
rales de la Diócesis.
233.   Esta acepción nos deja ver la importancia que la parro-
quia tiene en la vida de los discípulos y, por tanto, el cuidado
que hemos de poner en ella al asumir una Nueva Etapa Evan-
gelizadora en nuestra Diócesis; la parroquia es la comunidad
en la que cada uno, y cada grupo en que se organiza la vida de
la comunidad, vive su fe. De esta manera, la parroquia viene a ser una comunidad sacramental, o sea, el “lugar” donde ser vive el encuentro con Cristo y con su misterio salvífico y, por

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consiguiente, donde se llega a descubrir la propia identidad de discípulo misionero, hijo de Dios y en camino de santificación
234.   A la luz de la enseñanza más reciente de la Iglesia, es-
tamos llamados a reconocer los retos que se nos plantean para
avanzar en la transformación de las parroquias, para hacer de
éstas, comunidades más vivas y misioneras: no podemos des-
conocer que el lenguaje y el contenido eclesiológico del Con-
cilio Vaticano II está en poco uso al referimos a la parroquia
y a las comunidades que la componen; continuamos aún en
una idea muy teórica y territorial de la parroquia y no respon-
demos a las realidades de la composición social de nuestros
días; los principios de comunidad, de comunión y de corres-
ponsabilidad todavía permanecen a la teoría y a los ideales
y es poco el convencimiento y menos aún el compromiso
con estos principios en la práctica; aún se continúa centrando
la parroquia en la persona del párroco, a quien pareciera le
corresponde toda la acción de la Iglesia y accidentalmente,
asociar a sí, la actividad laical; aún está lejana la aceptación
y adecuada relación con la parroquia de los movimientos y
comunidades que han surgido; la visión de la parroquia casi
no tiene periferia que no sea culto, catcquesis y sacramentos;
se sigue percibiendo la parroquia como estructura pastoral y
comunitaria normal y general, por lo que la inculturación no
encuentra reflejo suficiente.
235.   El Concilio Vaticano II nos brinda la oportunidad de
comprender la parroquia en las novedades que se derivan de
su eclesiología y que fueron también asumidas por el Código
de Derecho Canónico. En esta línea, hemos de asumir la am-
pliación, con nueva flexibilidad, de las formas de comprender
la parroquia y el ejercicio del ministerio que se ejerce en ella:
parroquia territorial, cuasi-parroquia, parroquia personal, pá-
rrocos in solidum y vicarios inter-parroquiales.
236.   Impulsar una Nueva Etapa Evangelizadora nos exige recuperar la conciencia y avanzar en la experiencia de que es

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en la parroquia donde se vive la experiencia de la comuni-
dad, sobre todo al ser la Eucaristía el centro y el vértice de la
vida parroquial; sin embargo, reconocer un centro y un vértice
supone asumir una periferia, una base y una proyección; se
celebra una fe que se ha comprendido y que se proyecta en la
vida. La celebración eucarística que se celebra en la parroquia
funda y proyecta la unidad con Jesucristo que pronuncia su
Palabra, ofrece su Cuerpo y su Sangre y congrega a los miem-
bros para que en la profesión de una misma fe sean un solo
cuerpo en comunión diocesana (comunión con el obispo) y en
comunión universal (con el Papa y con toda la Iglesia). A par-
tir de ella se ha de despertar y afirmar la conciencia clara de la
pertenencia de la parroquia a la Iglesia particular y universal.
237.   Es nuestra tarea revitalizar de tal manera nuestras pa-
rroquias que en las relaciones que se establezcan en la vida
parroquial, sea entre el párroco y sus fieles, sea entre el pá-
rroco y el presbiterio, sea entre los presbíteros y el Obispo,
sean reconocidos los derechos y las obligaciones que impelen
a todos a ser constructores de comunión y corresponsables
en la misión de hacer llegar la Buena Nueva a todos, parti-
cularmente a los más alejados o a los más abandonados de la
acción pastoral de la Iglesia; de aquí se deriva la urgencia de
abrir nuevas responsabilidades y tareas, sacramentales o no, a
laicos, en espíritu de corresponsabilidad.
238.   Desde una eclesiología de comunión y dentro de una
propuesta orgánica de pastoral es indispensable que cada pa-
rroquia revalore el papel de su concejo pastoral así como de
la Zona pastoral y del Decanato en medio de los cuales se
inserta, de manera que la comunión y misión de la parroquia
se abra y se disponga a un rico intercambio dentro de una
pastoral de conjunto.

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1.2 El Decanato
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239.   Como se ha venido haciendo desde tiempo inmemo-
rial, siglos V y VI, nuestra iglesia particular agrupa varias parro-
quias que tienen cierta homogeneidad social, cultural y religiosa
en lo que hoy denominamos Decanato. Para avanzar en la Nueva
Etapa Evangelizadora que nos proponemos es necesario que se
conozcan y se procuren los fines de este ámbito de pastoral, entre
los cuales se destacan: potenciar la pastoral de conjunto, dar una
respuesta a necesidades reales y afines, y, sobre todo, ser una ex-
presión de iglesia en comunión para la misión.
240.   Es urgente que todos los agentes de pastoral conoz-
camos, facilitemos y aprovechemos las funciones que le co-
rresponden al "decano" en el servicio a los hermanos de su
decanato: favorecer la fraternidad sacerdotal y la actividad
apostólica; promover, coordinar y ejecutar programaciones
pastorales; fortalecer los equipos de presbíteros, de religiosos
y de laicos; favorecer el compartir los recursos materiales y
humanos; promover la respuesta a las exigencias y los retos
que presenta una pastoral de sectores y ambientes; impulsar
el cuidado del patrimonio eclesial, cultural, documental y ar-
tístico. Para lograr estas funciones, que podrían agruparse en
tres áreas: actividades pastorales, relación entre los presbíte-
ros y los bienes parroquiales del decanato, han de contemplar-
se las vertientes que impelen tanto el derecho común como el
particular diocesano.
241.   Para relanzar la vida y misión de nuestra iglesia dio-
cesana, en el esfuerzo de una renovación fiel y constante, es
urgente recuperar el papel del decano como promotor y sos-
tén de un servicio pastoral en apoyo a las parroquias de su
decanato, como impulsor de comunión y fraternidad y come
favorecedor de una pastoral de conjunto.


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1.3 La Zona Pastoral
242.   En nuestra Iglesia particular contamos ya con una sig-
nificativa experiencia de vida y misión en Zonas pastorales.
Para avanzar en una Nueva Etapa Evangelizadora es necesario
fortalecer el impulso que desde estos ámbitos pueda facilitar-
se, tomando en cuenta que en ellas se pueden reconocer rasgos
culturales comunes, mentalidades afines y problemas humanos
similares, así como una vivencia y una práctica religiosa seme-
jantes. Con frecuencia la parroquia es una entidad demasiado
pequeña, los decanatos son limitados y la Diócesis es demasia-
do grande para que los desafíos pastorales sean tratados conve-
nientemente, la zona pastoral nos ofrece este espacio y estamos
llamados a revitalizarlo.
243.   En la zona pastoral, el responsable de coordinar los
esfuerzos de párrocos y decanos en una pastoral de conjunto,
abierta a la orientación pastoral diocesana, es el vicario epis-
copal territorial o de zona quien, juntamente con el vicario
episcopal que denominamos funcional, goza de potestad de
régimen, ordinaria y vicaria, por lo que el Código de Derecho
Canónico hace incluir al vicario episcopal en el ámbito del
término "Ordinario del lugar", en el territorio o para los asun-
tos para los que ha sido nombrado. De esta manera, el vicario
episcopal asiste al obispo en el gobierno de una porción de la
diócesis o para toda la diócesis en los asuntos particulares que
le son asignados.
244.   Desde una eclesiología postconciliar, será muy impor-
tante que todos los agentes de pastoral conozcamos, valore-
mos y apoyemos las funciones del vicario episcopal de zona
para favorecer una acción pastoral más encamada que atienda
mejor a las necesidades de nuestras parroquias, que anime los
proyectos de apoyo de los decanatos y que favorezca la comu-
nión con el obispo a quien deberá mantener informado y asis-

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tirá con un servicio siempre en comunión con sus directrices
(Cfr. Ch D 23 y 27; CIC, ce. 476-481; DAS 178-179).
2. La Vicaría de Pastoral
245.   Aunque no es un sistema o instrumento exigido por el
derecho de la Iglesia, recogiendo la experiencia más reciente,
se ha creado en nuestra diócesis la vicaría de pastoral, al frente
de la cual está uno de los vicarios episcopales que denomina-
mos funcionales; esto es, el vicario de Pastoral, quien preside y
coordina el equipo que la conforma. Para emprender una Nue-
va Etapa Evangelizadora en nuestra diócesis será indispensa-
ble que esta vicaría, en un trabajo de comunión y participación
con los agentes de pastoral de nuestra diócesis, a través de las
zonas pastorales y sus respectivos vicarios episcopales territo-
riales, favorezca el discernimiento de los retos que cada época
y situación plantean, facilite el conocimiento de los elementos
teológicos y pastorales que deben iluminar estas realidades y
anime las respuestas de acción mediante los planes, programas
y proyectos pastorales pertinentes.
246.   Mediante la Vicaría de Pastoral, nuestra iglesia par-
ticular ha de diseñar y rediseñar los sistemas o instrumentos
concretos mediante los cuales se impulse la evangelización,
siempre en fidelidad al mandato de Jesucristo, con la ilumina-
ción del Magisterio de la Iglesia más reciente y en respuesta
a las necesidades de los hombres y mujeres de cada tiempo y
lugar, interlocutores de nuestra acción pastoral.
247.   La propuesta orgánica de pastoral encuentra en las
zonas pastorales la estructura que favorece una evangeliza-
ción más encamada o contextualizada. Con los apoyos para
impulsar las diversas dimensiones de la evangelización, para
responder desde los desafíos y oportunidades que nos plantea


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El tiempo actual y para atender a las más sentidas necesidades
de algunos sectores de la sociedad, hoy por hoy nuestro sis-
tema de pastoral de organiza en seis comisiones que brindan
sus servicios desde diversas dimensiones para atender áreas
más específicas de la pastoral. Para incorporamos en la Nueva
Etapa Evangelizadora que decidimos asumir en nuestra igle-
sia Angelopolitana, será indispensable que desde la Vicaría
de Pastoral se favorezca un trabajo de conjunto de manera
que, mediante el diálogo y la corresponsabilidad de todos, se
facilite una propuesta pastoral diocesana realmente orgánica.
Habrá que crear los canales pertinentes donde no existieran y
revitalizar los actualmente vigentes para que la comunicación
y la corresponsabilidad fluya entre las Dimensiones que con-
forman cada Comisión; entre las diversas Comisiones Dioce-
sanas y entre éstas y las Zonas pastorales.
248.   La visión y misión de cada una de las comisiones y
sus respectivas dimensiones, así como los programas y pro-
yectos que elaboren, ejecuten y evalúen de manera perma-
nente ha de encontrar en el Plan Diocesano sus principios
inspiradores y sus guías fundamentales; así como desde su
experiencia se ha de ha de enriquecer la edición de los planes
diocesanos sucesivos.
3. Los Consejos Diocesanos
249.   Para mantener y dinamizar una propuesta orgánica de
pastoral que nos introduzca, nos mantenga y nos proyecte en la
Nueva Etapa Evangelizadora que nos proponemos, hemos de
revitalizar los Consejos Diocesanos de manera que por ellos
fluyan los aportes que ayuden al obispo en su tarea de guiar a
la porción del Pueblo de Dios que se le ha encomendado.

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3.1. El Consejo Episcopal
250.   El Consejo Episcopal en la Arquidiócesis está conforma-
do por el vicario general, los vicarios episcopales y el secretario
canciller. Además de cumplir con la finalidad que sencillamente
describe el Código de Derecho Canónico en el can. 473 §4 "para
fomentar mejor la acción pastoral", es un punto de apoyo y con-
sejo para el gobierno del arzobispo; es un instrumento apto para
unificar criterios, dar y recibir información o indicación sobre las
tareas realizadas. Será de suma importancia que movidos por la
corresponsabilidad y el amor a la comunidad diocesana presen-
ten sus aportaciones con parresía y escuchen con humildad, como
nos ha señalado recientemente el Papa Francisco.
3.2 El Consejo Presbiteral
251.   Al proponer el Concilio Vaticano II la constitución de
una junta o senado de sacerdotes que representen al colegio
presbiteral para ayudar al obispo en el gobierno de la diócesis
(Cfr. PO 7), restauró una institución de la Iglesia primitiva
cuya necesidad se destaca en nuestro tiempo para evitar exce-
sivos personalismos y hacer operativa la corresponsabilidad,
la comunión y la participación en nuestra iglesia particular.
252.    El Consejo presbiteral en la Arquidiócesis está formado
por los obispos auxiliares, el vicario general y los vicarios epis-
copales; por los decanos y por miembros que el arzobispo ha de-
signado por propia iniciativa. Se rige por sus propios estatutos
y sesiona en las fechas determinadas por el arzobispo y el coor-
dinador al principio de cada año civil. Es el obispo diocesano el
que forma, convoca y preside el consejo y, además, determina lo<
asuntos que se han de tratar y hacer que se hagan del conocimien-
to de todos- las decisiones tomadas.


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253.   El Consejo Presbiteral facilita el diálogo entre obispo
y presbiterio, además es un instrumento para aumentar la fra-
ternidad sacerdotal; aporta los elementos necesarios para que el
presbiterio cumpla su misión de hacer que los presbíteros sean
los primeros colaboradores del obispo, por lo que la condición
sacerdotal, es indispensable para formar parte del mismo.
254.    Aunque es un órgano de naturaleza consultiva, el conse-
jo deberá tomar conciencia que está llamado a ayudar al obispo
en todo lo que se refiere al gobierno de la diócesis; es el lugar
adecuado para tener la visión de conjunto de la situación diocesa-
na; el lugar para considerar y discernir lo que las personas o gru-
pos de ellas sugieren para la marcha de la diócesis; el lugar para
expresar los pareceres y experiencias; y el lugar para proponer,
mediante prioridades y métodos, los objetivos más a propósito
para el ejercicio de los diversos ministerios diocesanos.
255.    Los estatutos del consejo, aprobados por el obispo y
quien comprobará que los mismos estén acordes con lo dispuesto
por la ley de la Iglesia y las disposiciones de la Conferencia del
Episcopado, serán el instrumento para organizar las actividades
del mismo consejo: composición, elección, materias de estudios,
frecuencia de las reuniones, la organización directiva, las posibles
y eventuales comisiones, el reglamento de las sesiones, etc.
256.   Cuan importante es que los miembros del consejo
presbiteral asuman posiciones constructivas, responsables,
buscando siempre el bien de la diócesis. Y, sin imponer visio-
nes parciales y personalistas, fomentarán el clima de comunión,
de atención y responsable búsqueda de las mejores soluciones.
3.3 El Consejo Pastoral
257.   Conforme con las disposiciones canónicas, ce. 511-
514 y lo que ha afirmado la conferencia de Medellín, los con

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sejos de pastoral son una de las instituciones más originales
sugeridas por el Concilio Vaticano II y uno de los más efi-
cientes instrumentos de la renovación en la Iglesia (Cfr. ChD
27; AG 30). Será de suma importancia que este consejo sea
revalorado y su aporte redimensionado y adecuadamente ca-
nalizado para que contribuya realmente a la revitalización de
nuestra iglesia particular.
258.   El Consejo Pastoral, como su nombre lo indica, tie-
ne naturaleza y función específicamente pastorales con voto
consultivo. Los clérigos, los miembros de la vida consagrada
y, principalmente, los laicos que lo componen, han de orien-
tar sus esfuerzos a descubrir, estudiar y valorar los problemas
generales y particulares de la pastoral diocesana, así como a
sugerir planes, proponer los objetivos de resolución de esos
problemas y proponer las acciones más conducentes para
lograr dicha solución; además, el Consejo de Pastoral ha de
proponer los medios y recursos materiales y humanos que
cooperen con la mayor eficacia a alcanzar la solución a los
problemas mencionados y alcanzar la meta deseada.
259.   De esta manera, mientras que el Consejo Presbiteral
se constituye únicamente de presbíteros, éste cuenta con la
participación de agentes de las diversas vocaciones en la igle-
sia; así mismo, mientras aquél contempla que ayude al obispo
en el gobierno de la diócesis, éste limita sus aportes al trabajo
pastoral. Otra nota que distingue a este consejo es que sus
miembros no forman parte del mismo por representatividad,
sino por experiencia y competencia.
260.   La carta de la Congregación para el Clero, Omnes
Christifideles, en el número nueve, hace una relación suma-
ria de los asuntos que el Consejo de Pastoral debe estudiar
y asesorar, mismos que deben conocer y asumir quienes son
convocados a conformarlo:
- Ejercicio de la cura pastoral en la diócesis.


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Iniciativas misioneras, catequéticas  y apostólicas en el
ámbito diocesano.
- Fomento de la formación doctrinal y vida sacramental
de los fieles diocesanos.
- Ayudas oportunas al ministerio pastoral de los sacerdo-
tes.
- Modos de sensibilizar a la opinión pública sobre los
problemas de la Iglesia.
Conclusión
261.   Para realizar la acción pastoral son necesarias estruc-
turas pastorales adecuadas; para incorporamos a la Nueva Eta-
pa Evangelizadora que pretendemos impulsar, la organización
pastoral adecuada, retomando las directrices de la Iglesia en
sus diversos niveles -universal, continental y nacional- ha de
aprovechar lo mejor de nuestra cultura y lo mejor del talento
y del compromiso de quienes peregrinamos en esta Iglesia an-
gelopolitana.
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